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Ahora pueden volver a viajar a Uruguay extranjeros residentes
13/01/21   |   Viajes

Ahora pueden volver a viajar a Uruguay extranjeros residentes

De todas formas, el país seguirá con sus fronteras cerradas al menos hasta el 31 de enero, teniendo en cuenta los brotes de coronavirus

Conocedores.com Redacción
Conocedores.com

El gobierno del país flexibilizó este martes 12 el cierre de fronteras y ahora pueden volver a viajar a Uruguay extranjeros residentes, quienes podrán solicitar un permiso para ingresar al territorio uruguayo, así como quienes necesiten viajar por situaciones justificadas de reunificación familiar o trabajo.

Recordemos que previamente, el gobierno había confirmado el cierre de todos los pasos fronterizos, se mantendrá hasta el 31 de enero de 2021. «Lamentablemente, y muy a nuestro pesar, sobre todo del ministro de Turismo, vamos a seguir con las fronteras cerradas durante 20 días más», indicó el presidente Luis Lacalle Pou

¿Quiénes pueden viajar a Uruguay?

· Extranjeros residentes en el país.

· Tripulaciones de aeronaves y prácticos de buques.

· Choferes afectados al transporte internacional de bienes, mercaderías, correspondencia, insumos y ayuda humanitaria y sanitaria.

· Diplomáticos acreditados ante el Gobierno uruguayo o ante Organismos Internacionales con sede en el país.

· Extranjeros que se beneficien de corredor humanitario o sanitario establecido para el embarque o desembarque de cruceros, buques y aviones con base donde la autoridad sanitaria determine.

· Brasileños que, demostrando su condición de fronterizos, ingresen a la República por la frontera Uruguay-Brasil y permanezcan en la ciudad fronteriza.

· Situaciones debidamente justificadas de reunificación familiar (con padres, cónyuges, concubinos, hijos solteros menores o mayores con discapacidad).

· Ingresos transitorios con fines laborales, económicos, empresariales o judiciales gestionados ante la Dirección Nacional de Migración por el Ministerio competente correspondiente al área de actividad involucrada y fundado en razones de necesidad impostergable.

Fotografía
Norberto Sica (Derechos Reservados)
Autor
Conocedores.com

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