Ahora pueden volver a viajar a Uruguay extranjeros residentes
13/01/21   |   Viajes

Ahora pueden volver a viajar a Uruguay extranjeros residentes

De todas formas, el país seguirá con sus fronteras cerradas al menos hasta el 31 de enero, teniendo en cuenta los brotes de coronavirus

Conocedores.com Redacción
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El gobierno del país flexibilizó este martes 12 el cierre de fronteras y ahora pueden volver a viajar a Uruguay extranjeros residentes, quienes podrán solicitar un permiso para ingresar al territorio uruguayo, así como quienes necesiten viajar por situaciones justificadas de reunificación familiar o trabajo.

Recordemos que previamente, el gobierno había confirmado el cierre de todos los pasos fronterizos, se mantendrá hasta el 31 de enero de 2021. «Lamentablemente, y muy a nuestro pesar, sobre todo del ministro de Turismo, vamos a seguir con las fronteras cerradas durante 20 días más», indicó el presidente Luis Lacalle Pou

¿Quiénes pueden viajar a Uruguay?

· Extranjeros residentes en el país.

· Tripulaciones de aeronaves y prácticos de buques.

· Choferes afectados al transporte internacional de bienes, mercaderías, correspondencia, insumos y ayuda humanitaria y sanitaria.

· Diplomáticos acreditados ante el Gobierno uruguayo o ante Organismos Internacionales con sede en el país.

· Extranjeros que se beneficien de corredor humanitario o sanitario establecido para el embarque o desembarque de cruceros, buques y aviones con base donde la autoridad sanitaria determine.

· Brasileños que, demostrando su condición de fronterizos, ingresen a la República por la frontera Uruguay-Brasil y permanezcan en la ciudad fronteriza.

· Situaciones debidamente justificadas de reunificación familiar (con padres, cónyuges, concubinos, hijos solteros menores o mayores con discapacidad).

· Ingresos transitorios con fines laborales, económicos, empresariales o judiciales gestionados ante la Dirección Nacional de Migración por el Ministerio competente correspondiente al área de actividad involucrada y fundado en razones de necesidad impostergable.

Fotografía
Norberto Sica (Derechos Reservados)
Autor
Conocedores.com

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