Si se viajó por trabajo no hay que hacer cuarentena en Argentina
27/08/21   |   Viajes

Si se viajó por trabajo no hay que hacer cuarentena en Argentina

Así lo anunció este viernes el gobierno. Las personas deben estar vacunadas y cumplir con una serie de requisitos. ¿Cuáles son?

Conocedores.com Redacción
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El gobierno anunció este viernes que si una persona viajó por trabajo o negocios no tendrá que hacer cuarentena en Argentina, para lo cual, el pasajero tendrá que cumplir con algunos requisitos, incluyendo estar vacunado. La medida, si bien iba a entrar en vigencia el mismo viernes, ahora lo hará el 20 de septiembre de 2021.

La excepción de cumplir la cuarentena «prevista en el artículo 7°, inciso d) del Decreto N° 260/20 y sus normas modificatorias» aplica a quienes hubieran «viajado al exterior por razones laborales o comerciales» y al «solo efecto de la reanudación de dichas actividades en territorio argentino».

Para estar exentos, los interesados se deberán cumplir además «requisitos» entre los que se encuentran «acreditar esquema de vacunación completo, con una antelación de por lo menos 21 días a su ingreso al país».

Las personas vacunadas en territorio nacional lo consignarán en la declaración jurada exigida por la Dirección Nacional de Migraciones mientras que quienes se hubieran vacunado en el exterior, lo acreditarán con la documentación respaldatoria

Además, «adicionalmente a la prueba PCR negativa en origen» realizada dentro de las 72 horas previas al embarque y al test de antígenos exigido al ingreso al país, «deberán realizarse dos pruebas PCR, una al quinto día y la otra al décimo día, computados desde la realización del primer test, cuyos resultados deberán ser negativos».

El costo de los tests a los que se ha hecho referencia quedará a cargo de la persona que ingrese al país.

También deberán «desarrollar sus actividades laborales y/o comerciales extremando la observancia de las medidas de prevención y cuidado, por el plazo de 10 días computados desde la toma de muestra de la prueba PCR negativa en origen, realizada dentro de las 72 horas previas al embarque».

Asimismo, se deberá consignar en la declaración jurada el «motivo laboral y/o comercial del viaje de que se trate y los datos del empleador, contraparte comercial o referente de la actividad comercial y/o laboral en cuestión, adjuntando la certificación y/o la documentación respaldatoria pertinentes».

Dicha documentación deberá ser conservada por el ingresante al país, para su exhibición a requerimiento de la autoridad competente, para así evitar la cuarentena en Argentina.

Fotografía
twenty20photos vía Envato
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